COD: 1103001
P: La empresa XX concierta con el transportista T. un envío en régimen de carga completa desde Jaén hasta la Coruña. Se acuerda que el transportista se presentará a la carga en los locales de la empresa XX a las 8 horas del día 6 de junio. El Transportista T se presenta en la empresa, distante 80 kilómetros de su domicilio, a las 11 horas del día 6 de junio. Al llegar al lugar de la carga el remitente le comunica que ha entregado la mercancía a otro transportista. ¿Tiene derecho el transportista a reclamar el pago por el recorrido en vacío?.
SOL: No, porque se presentó después de la hora pactada.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.9

COD: 1103002
P: La empresa XX concierta con el transportista T. un envío en régimen de carga completa desde Huelva hasta Soria. Se acuerda que el transportista se presentará a la carga en los locales de la empresa XX el día 6 de junio, sin especificar hora concreta.El Transportista T, se presenta a las 17 horas del día 6 de junio en la empresa.Al llegar al lugar de la carga el remitente le comunica que ha entregado la mercancía a otro transportista porque le esperaba a las diez de la mañana del día pactado.El transportista reclama daños y perjuicios por incumplimiento de lo pactado, o que se le conceda otro transporte de similares características.El cargador reclama al transportista una indemnización por el retraso en la carga que se efectuó a las 14 horas y se niega a concederle otro transporte de similares características.¿Quién tiene razón?.
SOL: El transportista, pues al no haberse estipulado hora para la carga cumple con su obligación; presentándose antes de las 18 horas del día acordado.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.9

COD: 1103003
P: La empresa XX concierta con el transportista T. un envío en régimen de carga completa de 20 toneladas desde Cáceres hasta Girona. Se acuerda que el transportista se presentará a la carga en los locales de la empresa XX el día 6 de junio. El precio del transporte se pacta en 120.000 pesetas (721,22 euros). El Transportista T, se presenta a las 17 horas del día 6 de junio en la empresa. Al llegar al lugar de la carga el remitente le comunica que la carga será de 10 toneladas, por haber cambiado el pedido el consignatario, por lo que le abonará por el transporte 60.000 pesetas (360,61 euros). El transportista acepta realizar el transporte si se le indemniza por la parte del contrato de transporte no cumplida por el cargador o, en su defecto, que se le conceda otro transporte de similares características. El cargador se niega al pago de cualquier cantidad extra y no le concede otro transporte de características similares a las pactadas. ¿Qué cantidad, además de las 60.000 pesetas del precio del transporte, tiene derecho a cobrar el transportista en concepto de incumplimiento de lo pactado?.
SOL: 30.000 pesetas (180,31 euros), la mitad de lo que deja de percibir según lo pactado.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.9

COD: 1103004
P: Un transportista se presenta para realizar un transporte de carga completa en el lugar indicado en la carta de porte a la hora prevista, las 17 horas de un martes, y la carga no se efectúa, por causas imputables al cargador, hasta las 10 horas del jueves siguiente.Teniendo en cuenta que no se había pactado hora de puesta a disposición del vehículo y que el miércoles era festivo y que el establecimiento de carga abre a las 8 horas y cierra a las 18 horas, ¿cuántas horas podrá cobrar el transportista en concepto de paralización?.
SOL: 1 hora.
EXPLICACIÓN: Las 2 horas que tiene el expedidor para efectuar la carga se interrumpen a las 18 horas, cuando no han transcurrido en su totalidad, reanudándose su cómputo a las 8 horas del siguiente día hábil, por lo que el plazo para la carga del camión termina a las 9 horas del jueves. En consecuencia podrá cobrar 1 hora
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.17

COD: 1103005
P: Un transportista se presenta para efectuar la carga, en régimen de carga completa, en el punto convenido a las 8 horas del día 10 de febrero, que es la hora acordada para proceder a la carga entre el expedidor y el porteador. La carga, por circunstancias de fabricación del producto, no comienza hasta las 17 horas del día 10 y termina a las 11 horas 15 minutos del día 11.En la carta de porte no se estipula cantidad alguna por el concepto de paralización y la Administración no tiene establecida la cantidad a pagar por este concepto.El transportista reclama una cantidad en concepto de paralización. ¿Cuánto puede reclamar el transportista?.NOTA. El salario mínimo interprofesional se establece en 2.500 pesetas (15,03 euros) día.
SOL: 36.000 pesetas (216,36 euros).
EXPLICACIÓN: El precio por hora de paralización será, 2.500 pesetas X 1.2 = 3.000 pesetas (18,03 euros). El cómputo de la paralización comenzará a las 10 horas del día 10, hasta las 10 horas del día 11 habrán transcurrido 24 horas por las que cobraremos 10 horas de paralización. Desde las 10 horas del día 11 hasta las 11,15 horas del mismo habrán transcurrido 1 hora y 15 minutos por las que cobraremos 2 horas de paralización (las fracciones se computan como horas enteras). 12 horas X 3.000 pesetas = 36.000 pesetas.
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.17

COD: 1103006
P: Se concierta un transporte de carga completa, para comenzar el día 8 de enero lunes a una distancia de 450 Kilómetros, sin que se haga constar en la carta de porte cuál es el plazo del transporte ni la hora de entrega de la mercancía. ¿Cuándo vence el plazo del transporte?.NOTA. En la semana del 8 al 15 de enero no hay días festivos.
SOL: A las 11 horas del día 10. También es válida; la respuesta, 35 horas a partir de las 0 horas del día 9.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29

COD: 1103007
P: Se concierta un transporte de carga completa a una distancia de 220 kilómetros, para empezar el día 10 lunes, sin determinar la hora a la que el transportista se hace cargo de la mercancía. En la carta de porte no figura el plazo del transporte.¿Cuándo procederá el deje de cuenta, para el caso de que el consignatario no pueda probar que las mercancías le resultan inútiles en el momento de recibirlas?.NOTA. Durante la semana del 10 al 15 de enero no hay días festivos.
SOL: A las 16 horas del día 12 de enero, o bien, 40 horas después de las 0 horas del día 11.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.27

COD: 1103008
P: Se concierta un transporte de carga fraccionada a una distancia de 450 kilómetros, sin que se haga constar en la carta de porte cuál es el plazo del transporte.El transporte, según consta en la carta de porte, comenzó el día 8 de enero sin que se haga referencia a la hora en que recibió la mercancía. ¿Cuándo vence el plazo del transporte?.NOTA. En la carta de porte no figura pactado ningún plazo para la entrega del envío y no hay días festivos en la semana del 8 al 15 de enero.
SOL: 59 horas después de las 0 horas del día 9, es decir a las 11 horas del día 11.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.24

COD: 1103009
P: El lunes 31 de mayo recibe el Sr. García un envío, en régimen de carga completa, de frutos secos que debe transportar a 300 kilómetros de distancia del lugar de recogida de la mercancía. Teniendo en cuenta que recibió el envío, cargado sobre el camión, a las 12 horas de dicho día 31 de mayo, lunes, ¿Qué día y qué hora suponen el plazo máximo de entrega?.NOTA. En la carta de porte no figura pactado ningún plazo para la entrega del envío y no hay días festivos en la semana del 31 de mayo al 6 de junio.
SOL: Vence a las 13 horas del día 1 de junio, o bien 25 horas después de recibido el envío.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29

COD: 1103010
P: ¿Cuál es el plazo máximo de transporte de una mercancía, transportada en régimen de carga fraccionada, a una distancia de 110 kilómetros?. NOTA. En la carta de porte no figura pactado ningún plazo para la entrega del envío.
SOL: 36 horas.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.24

COD: 1103011
P: Se acuerda un transporte de sal desde Torrevieja a Barcelona que debe llegar a su destino en un plazo máximo de 48 horas. En la carta de porte el Cargador hace constar que el vehículo vaya cubierto y que el itinerario transcurra por Valencia. Durante el viaje y debido a un fenómeno de gota fría, el vehículo soporta una fuerte lluvia a su paso por Valencia. El porteador recuerda entonces que olvidó entoldar el vehículo, pero el cargamento ya está dañado. El Cargador pide responsabilidades al porteador. El porteador dice que el daño es por fuerza mayor y que en consecuencia no es responsable. ¿Quién es el responsable de los daños?.
SOL: El Porteador por no llevar el vehículo cubierto como consta en la carta de porte.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.24

COD: 1103012
P: Se realiza un transporte de relojes, a porte pagado, desde Badajoz a Barcelona. La mercancía llega a su destino en plazo señalado y correctamente embalada. La mercancía se entrega a las 12 horas del 25 de noviembre. Una hora más tarde, a las 13 horas, se da cuenta el consignatario de que los relojes están rotos, por lo que decide hacer una reclamación ante el porteador. (El transporte es de carga fraccionada).¿Deberá admitirse tal reclamación?.
SOL: Sí, puesto que se efectúa dentro de las 24 horas siguientes a la entrega.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.22

COD: 1103013
P: Se manda a portes pagados contra reembolso de 100.000 pesetas (601,01 euros) un aspirador desde Lugo a Santander. El destinatario se niega a pagar el reembolso por considerarlo excesivo, por lo que el transportista no hace entrega de la mercancía. ¿Cómo debe proceder el porteador, si no consigue contactar con el remitente?.
SOL: Actuar como en caso de rehusa de la mercancía. Podrá solicitar el depósito del envío por parte de la Junta Arbitral del Transporte que corresponda o autoridad judicial competente, a disposición del remitente.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.30

COD: 1103014
P: Se llega a un pacto entre cargador y porteador para llevar a cabo un transporte de carga completa de arroz cáscara desde Valencia a Burgos. Se acuerda que el porteador Sr. Martínez estará preparado para cargar el vehículo cubierto en que deba hacerse el transporte a las 13 horas del 13 de septiembre.El porteador acude puntual a la cita con un vehículo descubierto y sin posibilidad de ser entoldado.El cargador decide rechazar al Sr. Martínez y buscar otro porteador a la vez que solicita una indemnización al Sr. Martínez por el retraso ocasionado.¿Quién no ha actuado adecuadamente?.¿Es correcta la actitud del cargador?.
SOL: 1º El porteador, al no acudir con el vehículo cubierto tal como se pactó. 2º Sí.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.8

COD: 1103015
P: Un transportista realiza un transporte de carga completa a portes debidos y a la llegada a destino no encuentra al consignatario. Después de pedir instrucciones al remitente y no recibir ninguna respuesta, reclama la presencia de un notario para que levante el acta correspondiente. ¿En qué plazo puede solicitar del Juzgado o Junta Arbitral la venta de las mercancías para el pago de los portes más paralizaciones y gastos de notario?.
SOL: Transcurridas 24 horas desde el depósito y antes de 8 días.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.32

COD: 1103016
P: Durante un transporte se estropea el motor del vehículo por lo que la mercancía es entregada con retraso. El consignatario reclama al transportista la indemnización correspondiente. El transportista se niega al pago probando que el retraso se debió a una avería del vehículo, lo que considera caso fortuito que le exime de responsabilidad.¿Tiene razón el transportista?.
SOL: No, porque las averías del medio de transporte no tienen la consideración de caso fortuito.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA:

COD: 1103017
P: El cargador Sr. Maestro contrata con el transportista Ragolta el envío de 100 toneladas de patatas desde Vigo a Almería. Para la ejecución de dicho transporte el Sr. Ragolta deberá retirar de una vez las 100 toneladas de patatas y posteriormente se enviará semanalmente 25 toneladas a destino. Se pide determinar si estamos en presencia de un contrato de carga completa o fraccionada y justificar la respuesta.
SOL: Se trata de carga fraccionada porque además del transporte se contrata el almacenaje, distribución y envíos sucesivos. Es correcto también responder "porque además del transporte se contratan otras prestaciones directamente relacionadas con éste".
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Artículo 6

COD: 1103018
P: Se grava un envío con un reembolso por valor de 2.000.000 de pesetas (12.020,24 euros). Debido a un accidente durante el transporte, se pierde totalmente la mercancía que consistía en 2.000 kilogramos de azulejos. En la carta de porte figura que la expedición está gravada con un reembolso de 2.000.000 de pesetas (12.020,24 euros), pero no se hace constar declaración de valor de las mercancías.Ante la pérdida del envío, el remitente reclama la cantidad de 2.000.000 de pesetas (12.020,24 euros).¿Está obligado a pagar la cantidad reclamada el transportista o puede reducir dicha cantidad?.
SOL: Puede pagar 1.200.000 pesetas (7.212,14 euros) que es la cantidad a la que tiene limitada la responsabilidad el transportista por no existir declaración de valor de las mercancías.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.30

COD: 1103019
P: Se contrata el transporte de un envío gravado con reembolso figurando en la carta de porte la cantidad de 1.000.000 pesetas (6.010,12 euros) como importe del reembolso y de 15.000 pesetas (90,15 euros) como prima del mismo. Por olvido no se hace constar en la carta de porte quién debe pagar los portes ni la prima del reembolso. Según las Condiciones Generales de Contratación:1º. ¿A quién corresponde pagar los portes?.2º. ¿A quién corresponde pagar la prima del reembolso?.
SOL: Al Remitente o cargador en ambos casos.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.30

COD: 1103020
P: La empresa Lizaga concierta con el transportista Comes, un envío desde Murcia a Orense por la cantidad de 135.000 pesetas (811,36 euros) en concepto de portes que se pagan anticipadamente a la realización del transporte. En la carta de porte figura, como interés especial en la entrega 3.500.000 pesetas (21.035,42 euros) y como fecha límite de entrega del envío en destino las 19 horas del día 11 de junio. El envío se entrega a las 12 horas del día 12 de junio. ¿Cuál es la máxima cantidad que se puede reclamar al transportista?.
SOL: 3.635.000 pesetas (21.846,78 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexos A 2.19 y B 2.16

COD: 1103021
P: Un cargador contrata el día 8 de octubre con una empresa de transportes, el envío de 1,5 toneladas desde Córdoba a Bilbao, y solicita que figure en la carta de porte un interés especial en la entrega por valor de 9.000.000 pesetas (54.091,09 euros).El envío se pierde en su totalidad. Teniendo en cuenta que figura declaración de valor en la carta de porte por importe de 15.000.000 de pesetas (90.151,81 euros).¿Qué cantidad máxima debe pagar el transportista?.
SOL: 24.000.000 pesetas (144.242,90 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexos A 2.19 y B 2.16

COD: 1103022
P: El cargador Mora y Catalá contrata con el transportista Prieto S.A, el envío de 75 toneladas que debe realizarse el mismo día desde Almería a tres destinos diferentes en Galicia. Poco después de que el vehículo que transporta las mercancías a Lugo haya iniciado el viaje, se presenta el cargador con una nueva carta de porte en la que figura como destino León en vez de Lugo, exigiendo al transportista el cambio de la consignación en el ejercicio de su derecho de disposición. El transportista se niega al cambio, a pesar de que el vehículo dispone de teléfono móvil y fax para impartir las nuevas órdenes. ¿Puede negarse el transportista al cambio de la consignación del envío con destino a Lugo?.
SOL: Si, porque se le pide que entregue la mercancía en población diferente de la señalada en principio.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.23

COD: 1103023
P: Se contrata el envío de una mercancía a portes debidos para entregarlas al Sr. Bosch en Castellón. Dentro de plazo y, previa presentación de una nueva carta de porte, se pide al transportista que las entregue al Sr. Marín, también en Castellón. Como el transportista ha tenido reiterados problemas con el Sr. Marín para el cobro de los portes, hace caso omiso a estas instrucciones y entrega las mercancías al Sr. Bosch. El Sr. Marín reclama por la pérdida total de las mercancías a él destinadas. ¿Procede esta reclamación?.
SOL: Sí, puesto que debieron entregárselas al Sr. Marín, dado que el cargador tiene derecho a cambiar la consignación del envío siempre que no cambie la población donde deba realizarse la entrega.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.23

COD: 1103024
P: Realizado un transporte en régimen de carga completa, a la hora de entregar el envío el consignatario es desconocido en el domicilio facilitado por el cargador. Solicitadas nuevas instrucciones al cargador a las 12 horas, éste le comunica al transportista que espere que se le facilitarán en breve. A las 16 horas, no habiéndose recibido las instrucciones solicitadas, el transportista deposita el envío a disposición de la Junta Arbitral del Transporte. A las 18 horas el cargador le comunica al transportista el domicilio real del consignatario solicitando que descargue las mercancías en el nuevo domicilio. El transportista le comunica que ya no es posible por haber depositado el envío y con ello finalizado su contrato de transporte. ¿Hay responsabilidad del transportista en este caso por no efectuar la entrega según las instrucciones recibidas a las 18 horas?.
SOL: No existe responsabilidad porque las instrucciones deben facilitarse en el plazo de 2 horas.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.31

COD: 1103025
P: Un envío de calzado desde Elda llega a Zaragoza, su destino, a las 13 horas del jueves día 7 de marzo. El destinatario rehusa recibir el envío, por lo que el porteador Sr. Martínez trata de ponerse en contacto con el cargador para recibir instrucciones sobre la carga. A las 17,30 horas sigue sin tener noticias del cargador. ¿Qué debe hacer en ese caso el Sr. Martínez, conociendo que el transporte es de carga completa y a portes pagados y teniendo necesidad de terminar el transporte?.
SOL: Podrá solicitar el depósito del envío por parte de la Junta Arbitral del Transporte que corresponda, o Autoridad Judicial competente, a disposición del cargador.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.31

COD: 1103026
P: Se contrata un servicio para transportar entre Zamora y Jaén 25 kilogramos de un producto. En la carta de porte se hace constar como interés especial en la entrega la cantidad de 1.300.000 pesetas (7.813,16 euros) y como valor de las mercancías 500.000 pesetas (3.005,06 euros). Durante el viaje las mercancías sufren averías, como consecuencia de un accidente, que las inutiliza para su uso. ¿Qué cantidad deberá abonar el transportista?.
SOL: 1.800.000 pesetas (10.818,21 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexos A 2.19 y B 2.16

COD: 1103027
P: Se concierta un transporte de carga completa a una distancia de 250 kilómetros, sin que se haga constar en la carta de porte plazo de transporte y hora a la que se efectúa la carga. Teniendo en cuenta que el transporte se inició el día 7, martes, y que el consignatario abre su establecimiento a las 7 horas, ¿a qué hora podrá entregar, como más tarde, las mercancías el porteador?. NOTA. En la semana del 6 al 13 no hay días festivos.
SOL: El porteador cumplirá entregando las mercancías antes de las 9 horas del día 9, por expirar el plazo de transporte entre las 18 y las 8 horas.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29

COD: 1103028
P: En un transporte de carga fraccionada se ha pactado que el porteador se presente a recoger un envío a las 11 horas, en el domicilio del remitente. El porteador acude puntual a la cita teniendo que esperar 25 minutos para recibir el envío.¿Qué indemnización tendrá derecho a percibir el porteador por la espera, si nada se ha pactado al respecto y los portes ascendían a la cantidad de 16.638 pesetas (100 euros)?.
SOL: Tendrá derecho a percibir el 10% de los portes acordados, es decir, 1.663,80 pesetas (10 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.9

COD: 1103029
P: Se contrata la realización de un transporte en carga fraccionada, a una distancia de 135 kilómetros. El porteador recibe el envío a las 8 horas del martes día 25 de noviembre. No habiéndose pactado plazo de entrega, el porteador hace entrega del envío a las 8 horas del día 27 de noviembre. El consignatario reclama al porteador por la demora que a su juicio existe al haber superado las 38 horas establecidas como plazo de transporte en las condiciones generales de contratación. ¿Es correcta la reclamación presentada por el consignatario?. NOTA. En la semana del 24 de noviembre al 1 de diciembre no hay días festivos.
SOL: No es correcta la reclamación del consignatario pues al haber cumplido el plazo de transporte a las 22 horas del día 26 el porteador cumple su obligación entregando antes de las 9 horas del día 27.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.24

COD: 1103030
P: Se concierta un transporte en régimen de carga fraccionada a una distancia de 695 kilómetros, en la carta de porte figura como fecha de inicio de viaje las 19 horas del lunes día 6 de diciembre, sin que se haga constar plazo de transporte. Según las condiciones generales de contratación, se pregunta: a) ¿Cuál es el plazo de transporte?. b) ¿Cuándo vence el plazo de transporte?. c) ¿Cuál será la fecha límite para la entrega de la mercancía. NOTA. Los días 6 y 8 de diciembre son festivos.
SOL: a) 75 horas. b) a las 22 horas del día 10. c) a las 9 horas del día 11.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.24

COD: 1103031
P: Se concierta un transporte en régimen de carga completa a una distancia de 350 kilómetros, en la carta de porte figura como fecha de inicio de viaje las 19 horas del lunes día 6 de noviembre, sin que se haga constar plazo de transporte. La empresa donde se debe efectuar la descarga de la mercancía tiene un horario ininterrumpido de 5 a 21 horas. Según las condiciones generales de contratación, se pregunta: a) ¿Cuál es el plazo de transporte?. b) ¿Cuándo vence el plazo de transporte?. c) ¿Cuál será la fecha límite para la entrega de la mercancía?.NOTA. En la semana del 6 al 13 de noviembre no hay días festivos.
SOL: a) 28 horas. b) a las 23 horas del día 7. c) a las 9 horas del día 8.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29

COD: 1103032
P: En un transporte nacional de mercancías en régimen de carga completa, se pacta la puesta a disposición del vehículo para la carga a las 19 horas y esta no se realiza, por causas imputables al remitente, hasta las 11 horas del día siguiente. La empresa donde se debe efectuar la carga de la mercancía tiene un horario ininterrumpido de 5 a 20 horas. Según las condiciones generales de contratación, se pregunta: a) ¿Cuántas horas de paralización tiene derecho a cobrar el transportista?. b) ¿Cuál será el importe de la paralización?. NOTA. La Administración tiene establecido como importe de la hora de paralización 3.200 pesetas (19,23 euros) (un 30% superior al salario mínimo interprofesional).
SOL: a) 5 horas. b) 16.000 pesetas (96,16 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.17

COD: 1103033
P: Una expedición de mercancías en carga completa, en la que no se ha establecido carta de porte y son desconocidos por el porteador los horarios de apertura y cierre del establecimiento de destino, es entregada a las 8 horas del miércoles día 3 de marzo.Teniendo en cuenta que el envío se entregó al porteador el lunes día 1 de marzo, sin que se conozca la hora a la que el porteador recibió el envío, y que la distancia a recorrer era de 280 kilómetros, se pregunta si el envío fue entregado dentro del plazo establecido en las condiciones generales de contratación del transporte de mercancías por carretera. Justificar la respuesta.
SOL: El envío fue entregado dentro de plazo, puesto que el plazo de transporte es de 24 horas que empiezan a contar a partir de las 0 horas del día 2. Como el plazo finaliza entre las 18h del día 2 y las 8 horas del día 3, el porteador cumple entregando la mercancía antes de las 9 horas del día 3.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29

COD: 1103034
P: En un transporte por carretera se establece un contrato por escrito en el que constan las siguientes claúsulas:1º. Recogida de la mercancía a las 5 horas del día 1 domingo en los almacenes del expedidor.2º. Precio del transporte 220.000 pesetas (1.322,23 euros).3º. Distancia 180 kilómetros.4º. Entrega de la mercancía antes de que transcurran 4 horas desde la terminación de la carga del envío.5º. Junto con el envío se transportará un cajón de 25 kilos de tabaco de contrabando.Determine si el contrato es válido en su totalidad o sólo en parte, y en este último caso, qué claúsula o cláusulas son nulas.
SOL: El contrato es válido menos la cláusula 5ª por ser ilegal.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Artículo 3.2

COD: 1103035
P: La empresa BB contrata con un porteador el traslado de 32 palets que deberán entregarse de la siguiente manera:- 6 palets al Sr AA en Almagro y otros 6 al mismo Sr., pero en Manzanares.- 10 palets Al Sr CC en Aranjuez, pero dejando la mitad en la puerta de mercancías perecederas y la otra mitad en la puerta de mercancías no perecederas del mismo establecimiento.- 16 palets al Sr. DD, dejando 5 en en una granja, 5 en otra y 10 en un almacén (todos ellos propiedad del Sr. DD) y estando todos estos establecimientos en la población de Tomelloso.¿De cuantos envíos se compone la expedición?.Razone la respuesta relacionando cuantos envíos corresponden a cada uno de los consignatarios.
SOL: 6 envíos. 2 para el Sr. AA; 1 para el Sr. CC y 3 para EL Sr. DD.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 1.7

COD: 1103036
P: Se contrata un transporte de mercancías por carretera a una distancia de 180 kilómetros, medido por el itinerario más corto. El porteador debido a la dificultad de transitar por el itinerario más corto, a causa de las dimensiones del camión que impiden el paso por una de las poblaciones de la ruta, decide el itinerario alternativo más corto pero que sin embargo aumenta la distancia en 50 kilómetros.A la hora del pago de los portes el cargador se niega al pago alegando que el itinerario se calculará por el itinerario más corto de acuerdo con lo previsto en las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera.El porteador no renuncia al cobro de los kilómetros recorridos por la ruta más larga por lo que se somete el caso al conocimiento de la Junta Arbitral competente.Según la normativa vigente, ¿quién tiene razón?.Razone la respuesta.
SOL: El porteador, porque el camino más corto no permite la realización del transporte y, cuando se dan estas circunstancias, las condiciones generales de contratación permiten la utilización de la ruta "más aconsejable".
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.20

COD: 1103037
P: En un transporte nacional de mercancías por carretera, se contrata un transporte entre Oviedo y Zaragoza a portes debidos por una cantidad de 76.000 pesetas (456,76 euros). Antes de la entrega del envío al consignatario y con tiempo suficiente, se le comunica al porteador que entregue la mercancía en la misma ciudad de destino pero a otro consignatario. El porteador acepta pero le comunica al cargador que los portes sufrirán un aumento de 4.000 pesetas (24,04 euros) por gastos de gestión. A la hora de la entrega del envío el nuevo consignatario acepta pagar las 76.000 pesetas (456,76 euros) pero no las 4.000 pesetas (24,04 euros) que se le exigen de más.¿Es correcta la posición del consignatario?.¿A quién corresponde el pago de las 4.000 pesetas (24,04 euros)?.
SOL: Es correcta la posición del consignatario pues los gastos que originen el cambio de consignación de un envío corresponden al cargador.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.23

COD: 1103038
P: Se realiza un transporte de mercancías por carretera y a la entrega al consignatario se observan los embalajes manchados. A las 12 horas de efectuada la entrega el consignatario reclama por la rotura de envases que han causado la pérdida de parte de la mercancía.¿Es correcta la reclamación del consignatario?.Razone la respuesta.
SOL: No es correcta puesto que al ser evidentes las manchas debe reclamarse en el momento.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.27

COD: 1103039
P: Se realiza un transporte de mercancías en carga completa desde Cádiz hasta Pontevedra, acordándose que se realice en un plazo de 72 horas. Transcurridas 80 horas desde el inicio del viaje sin que se hayan entregado las mercancías el consignatario quiere "dejar de cuenta" del porteador las mismas puesto que las necesitaba para participar en una feria de muestras y dado el tiempo transcurrido ya no le son válidas las mercancías. El consignatario se pone en contacto telefónico con el porteador y le comunica que "deja de cuenta" el envío.El porteador no lo acepta porque no ha transcurrido el doble del plazo del transporte.1º. ¿Puede el consignatario "dejar de cuenta" las mercancías?.2º. ¿Tendrá que aportar alguna prueba o demostración?.3º. ¿Es correcta la forma utilizada?.
SOL: 1º El consignatario puede dejar de cuenta las mercancías.2º Tendrá que demostrar que las mercancías ya no le son útiles por causa del retraso.3º No es correcta la forma utilizada porque el "deje de cuenta" debe formalizarse por escrito.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.26

COD: 1103040
P: Se realiza un transporte de mercancías por carretera en carga completa desde Cádiz hasta Pontevedra. La expedición se componía de 2500 kilogramos figurando en la carta de porte una declaración de valor de 25.000.000 de pesetas (150.253,02 euros), un plazo de transporte de 52 horas y un precio de transporte de 135.000 pesetas (811,36 euros). Transcurridas 80 horas desde el inicio del viaje sin que se hubieran entregado las mercancías el consignatario decide "dejar de cuenta" del porteador las mismas puesto que las necesitaba para participar en una feria de muestras y dado el tiempo transcurrido ya no les son válidas las mercancías. El consignatario le comunica por escrito al porteador que "deja de cuenta" el envío reclamándole 25.000.000 de pesetas (150.253,02 euros).El porteador no acepta el pago de la cantidad reclamada y le ofrece el abono de los portes por el retraso, ya que el envío se encuentra próximo a llegar y será entregado en el transcurso de las 4 horas siguientes.¿Procede el "deje de cuenta"?.¿Qué requisitos debe reunir?.
SOL: Procede el deje de cuenta porque las mercancías no le son útiles por causa del retraso. El deje de cuenta debe realizarse por escrito antes de que las mercancías lleguen al destino y tendrá que probar que las mercancías ya no le son útiles en el momento de la entrega.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.30