COD: 1103001
P: La empresa XX concierta con el transportista T. un envío en régimen
de carga completa desde Jaén hasta la Coruña. Se acuerda que el
transportista se presentará a la carga en los locales de la empresa XX
a las 8 horas del día 6 de junio. El Transportista T se presenta en la
empresa, distante 80 kilómetros de su domicilio, a las 11 horas del día
6 de junio. Al llegar al lugar de la carga el remitente le comunica que ha entregado
la mercancía a otro transportista. ¿Tiene derecho el transportista
a reclamar el pago por el recorrido en vacío?.
SOL: No, porque se presentó después de la hora pactada.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.9
COD: 1103002
P: La empresa XX concierta con el transportista T. un envío en régimen
de carga completa desde Huelva hasta Soria. Se acuerda que el transportista se
presentará a la carga en los locales de la empresa XX el día 6 de
junio, sin especificar hora concreta.El Transportista T, se presenta a las 17
horas del día 6 de junio en la empresa.Al llegar al lugar de la carga el
remitente le comunica que ha entregado la mercancía a otro transportista
porque le esperaba a las diez de la mañana del día pactado.El transportista
reclama daños y perjuicios por incumplimiento de lo pactado, o que se le
conceda otro transporte de similares características.El cargador reclama
al transportista una indemnización por el retraso en la carga que se efectuó
a las 14 horas y se niega a concederle otro transporte de similares características.¿Quién
tiene razón?.
SOL: El transportista, pues al no haberse estipulado hora para la carga cumple
con su obligación; presentándose antes de las 18 horas del día
acordado.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.9
COD: 1103003
P: La empresa XX concierta con el transportista T. un envío en régimen
de carga completa de 20 toneladas desde Cáceres hasta Girona. Se acuerda
que el transportista se presentará a la carga en los locales de la empresa
XX el día 6 de junio. El precio del transporte se pacta en 120.000 pesetas
(721,22 euros). El Transportista T, se presenta a las 17 horas del día
6 de junio en la empresa. Al llegar al lugar de la carga el remitente le comunica
que la carga será de 10 toneladas, por haber cambiado el pedido el consignatario,
por lo que le abonará por el transporte 60.000 pesetas (360,61 euros).
El transportista acepta realizar el transporte si se le indemniza por la parte
del contrato de transporte no cumplida por el cargador o, en su defecto, que se
le conceda otro transporte de similares características. El cargador se
niega al pago de cualquier cantidad extra y no le concede otro transporte de características
similares a las pactadas. ¿Qué cantidad, además de las 60.000
pesetas del precio del transporte, tiene derecho a cobrar el transportista en
concepto de incumplimiento de lo pactado?.
SOL: 30.000 pesetas (180,31 euros), la mitad de lo que deja de percibir según
lo pactado.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.9
COD: 1103004
P: Un transportista se presenta para realizar un transporte de carga completa
en el lugar indicado en la carta de porte a la hora prevista, las 17 horas de
un martes, y la carga no se efectúa, por causas imputables al cargador,
hasta las 10 horas del jueves siguiente.Teniendo en cuenta que no se había
pactado hora de puesta a disposición del vehículo y que el miércoles
era festivo y que el establecimiento de carga abre a las 8 horas y cierra a las
18 horas, ¿cuántas horas podrá cobrar el transportista en
concepto de paralización?.
SOL: 1 hora.
EXPLICACIÓN: Las 2 horas que tiene el expedidor para efectuar la carga
se interrumpen a las 18 horas, cuando no han transcurrido en su totalidad, reanudándose
su cómputo a las 8 horas del siguiente día hábil, por lo
que el plazo para la carga del camión termina a las 9 horas del jueves.
En consecuencia podrá cobrar 1 hora
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.17
COD: 1103005
P: Un transportista se presenta para efectuar la carga, en régimen de carga
completa, en el punto convenido a las 8 horas del día 10 de febrero, que
es la hora acordada para proceder a la carga entre el expedidor y el porteador.
La carga, por circunstancias de fabricación del producto, no comienza hasta
las 17 horas del día 10 y termina a las 11 horas 15 minutos del día
11.En la carta de porte no se estipula cantidad alguna por el concepto de paralización
y la Administración no tiene establecida la cantidad a pagar por este concepto.El
transportista reclama una cantidad en concepto de paralización. ¿Cuánto
puede reclamar el transportista?.NOTA. El salario mínimo interprofesional
se establece en 2.500 pesetas (15,03 euros) día.
SOL: 36.000 pesetas (216,36 euros).
EXPLICACIÓN: El precio por hora de paralización será, 2.500
pesetas X 1.2 = 3.000 pesetas (18,03 euros). El cómputo de la paralización
comenzará a las 10 horas del día 10, hasta las 10 horas del día
11 habrán transcurrido 24 horas por las que cobraremos 10 horas de paralización.
Desde las 10 horas del día 11 hasta las 11,15 horas del mismo habrán
transcurrido 1 hora y 15 minutos por las que cobraremos 2 horas de paralización
(las fracciones se computan como horas enteras). 12 horas X 3.000 pesetas = 36.000
pesetas.
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.17
COD: 1103006
P: Se concierta un transporte de carga completa, para comenzar el día 8
de enero lunes a una distancia de 450 Kilómetros, sin que se haga constar
en la carta de porte cuál es el plazo del transporte ni la hora de entrega
de la mercancía. ¿Cuándo vence el plazo del transporte?.NOTA.
En la semana del 8 al 15 de enero no hay días festivos.
SOL: A las 11 horas del día 10. También es válida; la respuesta,
35 horas a partir de las 0 horas del día 9.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29
COD: 1103007
P: Se concierta un transporte de carga completa a una distancia de 220 kilómetros,
para empezar el día 10 lunes, sin determinar la hora a la que el transportista
se hace cargo de la mercancía. En la carta de porte no figura el plazo
del transporte.¿Cuándo procederá el deje de cuenta, para
el caso de que el consignatario no pueda probar que las mercancías le resultan
inútiles en el momento de recibirlas?.NOTA. Durante la semana del 10 al
15 de enero no hay días festivos.
SOL: A las 16 horas del día 12 de enero, o bien, 40 horas después
de las 0 horas del día 11.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.27
COD: 1103008
P: Se concierta un transporte de carga fraccionada a una distancia de 450 kilómetros,
sin que se haga constar en la carta de porte cuál es el plazo del transporte.El
transporte, según consta en la carta de porte, comenzó el día
8 de enero sin que se haga referencia a la hora en que recibió la mercancía.
¿Cuándo vence el plazo del transporte?.NOTA. En la carta de porte
no figura pactado ningún plazo para la entrega del envío y no hay
días festivos en la semana del 8 al 15 de enero.
SOL: 59 horas después de las 0 horas del día 9, es decir a las 11
horas del día 11.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.24
COD: 1103009
P: El lunes 31 de mayo recibe el Sr. García un envío, en régimen
de carga completa, de frutos secos que debe transportar a 300 kilómetros
de distancia del lugar de recogida de la mercancía. Teniendo en cuenta
que recibió el envío, cargado sobre el camión, a las 12 horas
de dicho día 31 de mayo, lunes, ¿Qué día y qué
hora suponen el plazo máximo de entrega?.NOTA. En la carta de porte no
figura pactado ningún plazo para la entrega del envío y no hay días
festivos en la semana del 31 de mayo al 6 de junio.
SOL: Vence a las 13 horas del día 1 de junio, o bien 25 horas después
de recibido el envío.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29
COD: 1103010
P: ¿Cuál es el plazo máximo de transporte de una mercancía,
transportada en régimen de carga fraccionada, a una distancia de 110 kilómetros?.
NOTA. En la carta de porte no figura pactado ningún plazo para la entrega
del envío.
SOL: 36 horas.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.24
COD: 1103011
P: Se acuerda un transporte de sal desde Torrevieja a Barcelona que debe llegar
a su destino en un plazo máximo de 48 horas. En la carta de porte el Cargador
hace constar que el vehículo vaya cubierto y que el itinerario transcurra
por Valencia. Durante el viaje y debido a un fenómeno de gota fría,
el vehículo soporta una fuerte lluvia a su paso por Valencia. El porteador
recuerda entonces que olvidó entoldar el vehículo, pero el cargamento
ya está dañado. El Cargador pide responsabilidades al porteador.
El porteador dice que el daño es por fuerza mayor y que en consecuencia
no es responsable. ¿Quién es el responsable de los daños?.
SOL: El Porteador por no llevar el vehículo cubierto como consta en la
carta de porte.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.24
COD: 1103012
P: Se realiza un transporte de relojes, a porte pagado, desde Badajoz a Barcelona.
La mercancía llega a su destino en plazo señalado y correctamente
embalada. La mercancía se entrega a las 12 horas del 25 de noviembre. Una
hora más tarde, a las 13 horas, se da cuenta el consignatario de que los
relojes están rotos, por lo que decide hacer una reclamación ante
el porteador. (El transporte es de carga fraccionada).¿Deberá admitirse
tal reclamación?.
SOL: Sí, puesto que se efectúa dentro de las 24 horas siguientes
a la entrega.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.22
COD: 1103013
P: Se manda a portes pagados contra reembolso de 100.000 pesetas (601,01 euros)
un aspirador desde Lugo a Santander. El destinatario se niega a pagar el reembolso
por considerarlo excesivo, por lo que el transportista no hace entrega de la mercancía.
¿Cómo debe proceder el porteador, si no consigue contactar con el
remitente?.
SOL: Actuar como en caso de rehusa de la mercancía. Podrá solicitar
el depósito del envío por parte de la Junta Arbitral del Transporte
que corresponda o autoridad judicial competente, a disposición del remitente.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.30
COD: 1103014
P: Se llega a un pacto entre cargador y porteador para llevar a cabo un transporte
de carga completa de arroz cáscara desde Valencia a Burgos. Se acuerda
que el porteador Sr. Martínez estará preparado para cargar el vehículo
cubierto en que deba hacerse el transporte a las 13 horas del 13 de septiembre.El
porteador acude puntual a la cita con un vehículo descubierto y sin posibilidad
de ser entoldado.El cargador decide rechazar al Sr. Martínez y buscar otro
porteador a la vez que solicita una indemnización al Sr. Martínez
por el retraso ocasionado.¿Quién no ha actuado adecuadamente?.¿Es
correcta la actitud del cargador?.
SOL: 1º El porteador, al no acudir con el vehículo cubierto tal como
se pactó. 2º Sí.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.8
COD: 1103015
P: Un transportista realiza un transporte de carga completa a portes debidos y
a la llegada a destino no encuentra al consignatario. Después de pedir
instrucciones al remitente y no recibir ninguna respuesta, reclama la presencia
de un notario para que levante el acta correspondiente. ¿En qué
plazo puede solicitar del Juzgado o Junta Arbitral la venta de las mercancías
para el pago de los portes más paralizaciones y gastos de notario?.
SOL: Transcurridas 24 horas desde el depósito y antes de 8 días.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.32
COD: 1103016
P: Durante un transporte se estropea el motor del vehículo por lo que la
mercancía es entregada con retraso. El consignatario reclama al transportista
la indemnización correspondiente. El transportista se niega al pago probando
que el retraso se debió a una avería del vehículo, lo que
considera caso fortuito que le exime de responsabilidad.¿Tiene razón
el transportista?.
SOL: No, porque las averías del medio de transporte no tienen la consideración
de caso fortuito.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA:
COD: 1103017
P: El cargador Sr. Maestro contrata con el transportista Ragolta el envío
de 100 toneladas de patatas desde Vigo a Almería. Para la ejecución
de dicho transporte el Sr. Ragolta deberá retirar de una vez las 100 toneladas
de patatas y posteriormente se enviará semanalmente 25 toneladas a destino.
Se pide determinar si estamos en presencia de un contrato de carga completa o
fraccionada y justificar la respuesta.
SOL: Se trata de carga fraccionada porque además del transporte se contrata
el almacenaje, distribución y envíos sucesivos. Es correcto también
responder "porque además del transporte se contratan otras prestaciones
directamente relacionadas con éste".
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Artículo 6
COD: 1103018
P: Se grava un envío con un reembolso por valor de 2.000.000 de pesetas
(12.020,24 euros). Debido a un accidente durante el transporte, se pierde totalmente
la mercancía que consistía en 2.000 kilogramos de azulejos. En la
carta de porte figura que la expedición está gravada con un reembolso
de 2.000.000 de pesetas (12.020,24 euros), pero no se hace constar declaración
de valor de las mercancías.Ante la pérdida del envío, el
remitente reclama la cantidad de 2.000.000 de pesetas (12.020,24 euros).¿Está
obligado a pagar la cantidad reclamada el transportista o puede reducir dicha
cantidad?.
SOL: Puede pagar 1.200.000 pesetas (7.212,14 euros) que es la cantidad a la que
tiene limitada la responsabilidad el transportista por no existir declaración
de valor de las mercancías.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.30
COD: 1103019
P: Se contrata el transporte de un envío gravado con reembolso figurando
en la carta de porte la cantidad de 1.000.000 pesetas (6.010,12 euros) como importe
del reembolso y de 15.000 pesetas (90,15 euros) como prima del mismo. Por olvido
no se hace constar en la carta de porte quién debe pagar los portes ni
la prima del reembolso. Según las Condiciones Generales de Contratación:1º.
¿A quién corresponde pagar los portes?.2º. ¿A quién
corresponde pagar la prima del reembolso?.
SOL: Al Remitente o cargador en ambos casos.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.30
COD: 1103020
P: La empresa Lizaga concierta con el transportista Comes, un envío desde
Murcia a Orense por la cantidad de 135.000 pesetas (811,36 euros) en concepto
de portes que se pagan anticipadamente a la realización del transporte.
En la carta de porte figura, como interés especial en la entrega 3.500.000
pesetas (21.035,42 euros) y como fecha límite de entrega del envío
en destino las 19 horas del día 11 de junio. El envío se entrega
a las 12 horas del día 12 de junio. ¿Cuál es la máxima
cantidad que se puede reclamar al transportista?.
SOL: 3.635.000 pesetas (21.846,78 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexos A 2.19 y B 2.16
COD: 1103021
P: Un cargador contrata el día 8 de octubre con una empresa de transportes,
el envío de 1,5 toneladas desde Córdoba a Bilbao, y solicita que
figure en la carta de porte un interés especial en la entrega por valor
de 9.000.000 pesetas (54.091,09 euros).El envío se pierde en su totalidad.
Teniendo en cuenta que figura declaración de valor en la carta de porte
por importe de 15.000.000 de pesetas (90.151,81 euros).¿Qué cantidad
máxima debe pagar el transportista?.
SOL: 24.000.000 pesetas (144.242,90 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexos A 2.19 y B 2.16
COD: 1103022
P: El cargador Mora y Catalá contrata con el transportista Prieto S.A,
el envío de 75 toneladas que debe realizarse el mismo día desde
Almería a tres destinos diferentes en Galicia. Poco después de que
el vehículo que transporta las mercancías a Lugo haya iniciado el
viaje, se presenta el cargador con una nueva carta de porte en la que figura como
destino León en vez de Lugo, exigiendo al transportista el cambio de la
consignación en el ejercicio de su derecho de disposición. El transportista
se niega al cambio, a pesar de que el vehículo dispone de teléfono
móvil y fax para impartir las nuevas órdenes. ¿Puede negarse
el transportista al cambio de la consignación del envío con destino
a Lugo?.
SOL: Si, porque se le pide que entregue la mercancía en población
diferente de la señalada en principio.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.23
COD: 1103023
P: Se contrata el envío de una mercancía a portes debidos para entregarlas
al Sr. Bosch en Castellón. Dentro de plazo y, previa presentación
de una nueva carta de porte, se pide al transportista que las entregue al Sr.
Marín, también en Castellón. Como el transportista ha tenido
reiterados problemas con el Sr. Marín para el cobro de los portes, hace
caso omiso a estas instrucciones y entrega las mercancías al Sr. Bosch.
El Sr. Marín reclama por la pérdida total de las mercancías
a él destinadas. ¿Procede esta reclamación?.
SOL: Sí, puesto que debieron entregárselas al Sr. Marín,
dado que el cargador tiene derecho a cambiar la consignación del envío
siempre que no cambie la población donde deba realizarse la entrega.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.23
COD: 1103024
P: Realizado un transporte en régimen de carga completa, a la hora de entregar
el envío el consignatario es desconocido en el domicilio facilitado por
el cargador. Solicitadas nuevas instrucciones al cargador a las 12 horas, éste
le comunica al transportista que espere que se le facilitarán en breve.
A las 16 horas, no habiéndose recibido las instrucciones solicitadas, el
transportista deposita el envío a disposición de la Junta Arbitral
del Transporte. A las 18 horas el cargador le comunica al transportista el domicilio
real del consignatario solicitando que descargue las mercancías en el nuevo
domicilio. El transportista le comunica que ya no es posible por haber depositado
el envío y con ello finalizado su contrato de transporte. ¿Hay responsabilidad
del transportista en este caso por no efectuar la entrega según las instrucciones
recibidas a las 18 horas?.
SOL: No existe responsabilidad porque las instrucciones deben facilitarse en el
plazo de 2 horas.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.31
COD: 1103025
P: Un envío de calzado desde Elda llega a Zaragoza, su destino, a las 13
horas del jueves día 7 de marzo. El destinatario rehusa recibir el envío,
por lo que el porteador Sr. Martínez trata de ponerse en contacto con el
cargador para recibir instrucciones sobre la carga. A las 17,30 horas sigue sin
tener noticias del cargador. ¿Qué debe hacer en ese caso el Sr.
Martínez, conociendo que el transporte es de carga completa y a portes
pagados y teniendo necesidad de terminar el transporte?.
SOL: Podrá solicitar el depósito del envío por parte de la
Junta Arbitral del Transporte que corresponda, o Autoridad Judicial competente,
a disposición del cargador.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.31
COD: 1103026
P: Se contrata un servicio para transportar entre Zamora y Jaén 25 kilogramos
de un producto. En la carta de porte se hace constar como interés especial
en la entrega la cantidad de 1.300.000 pesetas (7.813,16 euros) y como valor de
las mercancías 500.000 pesetas (3.005,06 euros). Durante el viaje las mercancías
sufren averías, como consecuencia de un accidente, que las inutiliza para
su uso. ¿Qué cantidad deberá abonar el transportista?.
SOL: 1.800.000 pesetas (10.818,21 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexos A 2.19 y B 2.16
COD: 1103027
P: Se concierta un transporte de carga completa a una distancia de 250 kilómetros,
sin que se haga constar en la carta de porte plazo de transporte y hora a la que
se efectúa la carga. Teniendo en cuenta que el transporte se inició
el día 7, martes, y que el consignatario abre su establecimiento a las
7 horas, ¿a qué hora podrá entregar, como más tarde,
las mercancías el porteador?. NOTA. En la semana del 6 al 13 no hay días
festivos.
SOL: El porteador cumplirá entregando las mercancías antes de las
9 horas del día 9, por expirar el plazo de transporte entre las 18 y las
8 horas.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29
COD: 1103028
P: En un transporte de carga fraccionada se ha pactado que el porteador se presente
a recoger un envío a las 11 horas, en el domicilio del remitente. El porteador
acude puntual a la cita teniendo que esperar 25 minutos para recibir el envío.¿Qué
indemnización tendrá derecho a percibir el porteador por la espera,
si nada se ha pactado al respecto y los portes ascendían a la cantidad
de 16.638 pesetas (100 euros)?.
SOL: Tendrá derecho a percibir el 10% de los portes acordados, es decir,
1.663,80 pesetas (10 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.9
COD: 1103029
P: Se contrata la realización de un transporte en carga fraccionada, a
una distancia de 135 kilómetros. El porteador recibe el envío a
las 8 horas del martes día 25 de noviembre. No habiéndose pactado
plazo de entrega, el porteador hace entrega del envío a las 8 horas del
día 27 de noviembre. El consignatario reclama al porteador por la demora
que a su juicio existe al haber superado las 38 horas establecidas como plazo
de transporte en las condiciones generales de contratación. ¿Es
correcta la reclamación presentada por el consignatario?. NOTA. En la semana
del 24 de noviembre al 1 de diciembre no hay días festivos.
SOL: No es correcta la reclamación del consignatario pues al haber cumplido
el plazo de transporte a las 22 horas del día 26 el porteador cumple su
obligación entregando antes de las 9 horas del día 27.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.24
COD: 1103030
P: Se concierta un transporte en régimen de carga fraccionada a una distancia
de 695 kilómetros, en la carta de porte figura como fecha de inicio de
viaje las 19 horas del lunes día 6 de diciembre, sin que se haga constar
plazo de transporte. Según las condiciones generales de contratación,
se pregunta: a) ¿Cuál es el plazo de transporte?. b) ¿Cuándo
vence el plazo de transporte?. c) ¿Cuál será la fecha límite
para la entrega de la mercancía. NOTA. Los días 6 y 8 de diciembre
son festivos.
SOL: a) 75 horas. b) a las 22 horas del día 10. c) a las 9 horas del día
11.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo B 2.24
COD: 1103031
P: Se concierta un transporte en régimen de carga completa a una distancia
de 350 kilómetros, en la carta de porte figura como fecha de inicio de
viaje las 19 horas del lunes día 6 de noviembre, sin que se haga constar
plazo de transporte. La empresa donde se debe efectuar la descarga de la mercancía
tiene un horario ininterrumpido de 5 a 21 horas. Según las condiciones
generales de contratación, se pregunta: a) ¿Cuál es el plazo
de transporte?. b) ¿Cuándo vence el plazo de transporte?. c) ¿Cuál
será la fecha límite para la entrega de la mercancía?.NOTA.
En la semana del 6 al 13 de noviembre no hay días festivos.
SOL: a) 28 horas. b) a las 23 horas del día 7. c) a las 9 horas del día
8.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29
COD: 1103032
P: En un transporte nacional de mercancías en régimen de carga completa,
se pacta la puesta a disposición del vehículo para la carga a las
19 horas y esta no se realiza, por causas imputables al remitente, hasta las 11
horas del día siguiente. La empresa donde se debe efectuar la carga de
la mercancía tiene un horario ininterrumpido de 5 a 20 horas. Según
las condiciones generales de contratación, se pregunta: a) ¿Cuántas
horas de paralización tiene derecho a cobrar el transportista?. b) ¿Cuál
será el importe de la paralización?. NOTA. La Administración
tiene establecido como importe de la hora de paralización 3.200 pesetas
(19,23 euros) (un 30% superior al salario mínimo interprofesional).
SOL: a) 5 horas. b) 16.000 pesetas (96,16 euros).
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.17
COD: 1103033
P: Una expedición de mercancías en carga completa, en la que no
se ha establecido carta de porte y son desconocidos por el porteador los horarios
de apertura y cierre del establecimiento de destino, es entregada a las 8 horas
del miércoles día 3 de marzo.Teniendo en cuenta que el envío
se entregó al porteador el lunes día 1 de marzo, sin que se conozca
la hora a la que el porteador recibió el envío, y que la distancia
a recorrer era de 280 kilómetros, se pregunta si el envío fue entregado
dentro del plazo establecido en las condiciones generales de contratación
del transporte de mercancías por carretera. Justificar la respuesta.
SOL: El envío fue entregado dentro de plazo, puesto que el plazo de transporte
es de 24 horas que empiezan a contar a partir de las 0 horas del día 2.
Como el plazo finaliza entre las 18h del día 2 y las 8 horas del día
3, el porteador cumple entregando la mercancía antes de las 9 horas del
día 3.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.29
COD: 1103034
P: En un transporte por carretera se establece un contrato por escrito en el que
constan las siguientes claúsulas:1º. Recogida de la mercancía
a las 5 horas del día 1 domingo en los almacenes del expedidor.2º.
Precio del transporte 220.000 pesetas (1.322,23 euros).3º. Distancia 180
kilómetros.4º. Entrega de la mercancía antes de que transcurran
4 horas desde la terminación de la carga del envío.5º. Junto
con el envío se transportará un cajón de 25 kilos de tabaco
de contrabando.Determine si el contrato es válido en su totalidad o sólo
en parte, y en este último caso, qué claúsula o cláusulas
son nulas.
SOL: El contrato es válido menos la cláusula 5ª por ser ilegal.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Artículo 3.2
COD: 1103035
P: La empresa BB contrata con un porteador el traslado de 32 palets que deberán
entregarse de la siguiente manera:- 6 palets al Sr AA en Almagro y otros 6 al
mismo Sr., pero en Manzanares.- 10 palets Al Sr CC en Aranjuez, pero dejando la
mitad en la puerta de mercancías perecederas y la otra mitad en la puerta
de mercancías no perecederas del mismo establecimiento.- 16 palets al Sr.
DD, dejando 5 en en una granja, 5 en otra y 10 en un almacén (todos ellos
propiedad del Sr. DD) y estando todos estos establecimientos en la población
de Tomelloso.¿De cuantos envíos se compone la expedición?.Razone
la respuesta relacionando cuantos envíos corresponden a cada uno de los
consignatarios.
SOL: 6 envíos. 2 para el Sr. AA; 1 para el Sr. CC y 3 para EL Sr. DD.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 1.7
COD: 1103036
P: Se contrata un transporte de mercancías por carretera a una distancia
de 180 kilómetros, medido por el itinerario más corto. El porteador
debido a la dificultad de transitar por el itinerario más corto, a causa
de las dimensiones del camión que impiden el paso por una de las poblaciones
de la ruta, decide el itinerario alternativo más corto pero que sin embargo
aumenta la distancia en 50 kilómetros.A la hora del pago de los portes
el cargador se niega al pago alegando que el itinerario se calculará por
el itinerario más corto de acuerdo con lo previsto en las condiciones generales
de contratación de los transportes de mercancías por carretera.El
porteador no renuncia al cobro de los kilómetros recorridos por la ruta
más larga por lo que se somete el caso al conocimiento de la Junta Arbitral
competente.Según la normativa vigente, ¿quién tiene razón?.Razone
la respuesta.
SOL: El porteador, porque el camino más corto no permite la realización
del transporte y, cuando se dan estas circunstancias, las condiciones generales
de contratación permiten la utilización de la ruta "más
aconsejable".
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.20
COD: 1103037
P: En un transporte nacional de mercancías por carretera, se contrata un
transporte entre Oviedo y Zaragoza a portes debidos por una cantidad de 76.000
pesetas (456,76 euros). Antes de la entrega del envío al consignatario
y con tiempo suficiente, se le comunica al porteador que entregue la mercancía
en la misma ciudad de destino pero a otro consignatario. El porteador acepta pero
le comunica al cargador que los portes sufrirán un aumento de 4.000 pesetas
(24,04 euros) por gastos de gestión. A la hora de la entrega del envío
el nuevo consignatario acepta pagar las 76.000 pesetas (456,76 euros) pero no
las 4.000 pesetas (24,04 euros) que se le exigen de más.¿Es correcta
la posición del consignatario?.¿A quién corresponde el pago
de las 4.000 pesetas (24,04 euros)?.
SOL: Es correcta la posición del consignatario pues los gastos que originen
el cambio de consignación de un envío corresponden al cargador.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.23
COD: 1103038
P: Se realiza un transporte de mercancías por carretera y a la entrega
al consignatario se observan los embalajes manchados. A las 12 horas de efectuada
la entrega el consignatario reclama por la rotura de envases que han causado la
pérdida de parte de la mercancía.¿Es correcta la reclamación
del consignatario?.Razone la respuesta.
SOL: No es correcta puesto que al ser evidentes las manchas debe reclamarse en
el momento.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.27
COD: 1103039
P: Se realiza un transporte de mercancías en carga completa desde Cádiz
hasta Pontevedra, acordándose que se realice en un plazo de 72 horas. Transcurridas
80 horas desde el inicio del viaje sin que se hayan entregado las mercancías
el consignatario quiere "dejar de cuenta" del porteador las mismas puesto
que las necesitaba para participar en una feria de muestras y dado el tiempo transcurrido
ya no le son válidas las mercancías. El consignatario se pone en
contacto telefónico con el porteador y le comunica que "deja de cuenta"
el envío.El porteador no lo acepta porque no ha transcurrido el doble del
plazo del transporte.1º. ¿Puede el consignatario "dejar de cuenta"
las mercancías?.2º. ¿Tendrá que aportar alguna prueba
o demostración?.3º. ¿Es correcta la forma utilizada?.
SOL: 1º El consignatario puede dejar de cuenta las mercancías.2º
Tendrá que demostrar que las mercancías ya no le son útiles
por causa del retraso.3º No es correcta la forma utilizada porque el "deje
de cuenta" debe formalizarse por escrito.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.26
COD: 1103040
P: Se realiza un transporte de mercancías por carretera en carga completa
desde Cádiz hasta Pontevedra. La expedición se componía de
2500 kilogramos figurando en la carta de porte una declaración de valor
de 25.000.000 de pesetas (150.253,02 euros), un plazo de transporte de 52 horas
y un precio de transporte de 135.000 pesetas (811,36 euros). Transcurridas 80
horas desde el inicio del viaje sin que se hubieran entregado las mercancías
el consignatario decide "dejar de cuenta" del porteador las mismas puesto
que las necesitaba para participar en una feria de muestras y dado el tiempo transcurrido
ya no les son válidas las mercancías. El consignatario le comunica
por escrito al porteador que "deja de cuenta" el envío reclamándole
25.000.000 de pesetas (150.253,02 euros).El porteador no acepta el pago de la
cantidad reclamada y le ofrece el abono de los portes por el retraso, ya que el
envío se encuentra próximo a llegar y será entregado en el
transcurso de las 4 horas siguientes.¿Procede el "deje de cuenta"?.¿Qué
requisitos debe reunir?.
SOL: Procede el deje de cuenta porque las mercancías no le son útiles
por causa del retraso. El deje de cuenta debe realizarse por escrito antes de
que las mercancías lleguen al destino y tendrá que probar que las
mercancías ya no le son útiles en el momento de la entrega.
EXPLICACIÓN:
LEY/NORMA: OM 25-4-97 Anexo A 2.30